Qué es Sanción RIPCI / Infracción PCI
Las infracciones del RIPCI (RD 513/2017) se tipifican vía Ley 21/1992 de Industria. Esta ley clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves (art. 31); en Cataluña, la Llei 9/2014 (art. 26) clasifica a su vez las infracciones que tipifica en leves, graves y muy graves. Las sanciones se aplican según la gravedad, con los límites máximos que fijan la Llei 9/2014 (art. 27) en Cataluña y la Ley 21/1992 (art. 34) a nivel estatal. En las infracciones muy graves puede acordarse, además, la suspensión de la actividad o el cierre del establecimiento por un plazo máximo de cinco años (Ley 21/1992, art. 36).
Las infracciones más típicas son varias. Carecer de contrato de mantenimiento con empresa habilitada. Ejercer como empresa instaladora sin la habilitación o la inscripción registral preceptivas. Incumplir las periodicidades de revisión (trimestral, semestral, anual o quinquenal). No disponer de certificados de puesta en servicio. Obstruir o inutilizar extintores, BIE o puertas cortafuego. Falsear la documentación de mantenimiento.
En Cataluña, en las infracciones que tipifica la Llei 9/2014, la potestad sancionadora corresponde al departamento de la Generalitat competente en materia de seguridad industrial: el director general sanciona las leves, el secretario las graves y el consejero las muy graves (art. 31).
El incumplimiento no solo es sanción administrativa. Puede generar responsabilidad civil por daños si hay siniestro con pérdidas. En casos extremos, responsabilidad penal por imprudencia grave. Muchas pólizas de seguro condicionan la cobertura al cumplimiento normativo vigente.
Clasificación de las infracciones y norma que fija los límites de las sanciones
| Tipo de infracción | Dónde se clasifica | Dónde se fijan los límites máximos |
|---|---|---|
| Leve | Ley 21/1992, art. 31.3; en Cataluña, Llei 9/2014, art. 26.2 | Llei 9/2014 (art. 27) en Cataluña; Ley 21/1992 (art. 34) a nivel estatal |
| Grave | Ley 21/1992, art. 31.2; en Cataluña, Llei 9/2014, art. 26.3 | Llei 9/2014 (art. 27) en Cataluña; Ley 21/1992 (art. 34) a nivel estatal |
| Muy grave | Ley 21/1992, art. 31.1; en Cataluña, Llei 9/2014, art. 26.4 | Llei 9/2014 (art. 27) en Cataluña; Ley 21/1992 (art. 34) a nivel estatal |
También conocido como