Qué es Local de pública concurrencia
El Código Técnico de la Edificación define el uso de pública concurrencia como el que agrupa espectáculos, actividades culturales, religiosas, deportivas, recreativas y comerciales con flujo de público no permanente. Las exigencias PCI son las más estrictas del CTE DB-SI después del uso hospitalario, con dotaciones que se escalan según aforo y superficie.
Las exigencias crecen con el aforo y la superficie: con más de 50 personas, señalización de las salidas; con más de 100, alumbrado de emergencia en el recinto; desde 500 m² construidos, BIE, y desde 1.000 m², detección automática (CTE DB-SI). En Cataluña, el Decret 30/2015 (anexo I) obliga al Plan de Autoprotección a los edificios con un aforo igual o superior a 2.000 personas o una altura de evacuación igual o superior a 28 m (catálogo autonómico) y a los de más de 1.000 y menos de 2.000 personas (catálogo local, que el ayuntamiento puede ampliar por ordenanza). Los locales con cocina industrial > 50 kW tienen obligación adicional de sistema UNE-EN 17446.
En Barcelona, la Ordenança de Prevenció i Seguretat en Matèria d'Incendis i Activitats añade exigencias propias: informe vinculante del SPEIS (Servei de Prevenció, Extinció d'Incendis i Salvament), accesibilidad específica de bomberos, independencia de salidas y fichas de adecuación por tipo de actividad. El régimen de apertura suele requerir licencia clásica, no solo declaración responsable.
También conocido como